PROTOCOLO INTERNO COMISIÓN BIENESTAR SOCIAL

( POR RATIFICAR  )

Índice

  1. Preámbulo
  2. Principios
  3. De los Derechos y Obligaciones
  4. De los Beneficios

 

PREÁMBULO

El Sindicato de Actores y Actrices, trabajadores y trabajadoras de las Artes Teatrales de Chile SIDARTE, conformada por socios y socias, actores y actrices, directores/as, dramaturgos/as, técnicos de teatro, pedagogos/as teatrales, docentes teatrales, tramoyistas, músicos y otros trabajadores/as de las artes teatrales, SIDARTE, a través de su Comisión de Bienestar Social destinada a implementar un sistema de beneficios para los socios y socias del Sindicato, ha creado este protocolo para enfrentar situaciones acordes a los principios que rigen la organización y que ameritan ser revisadas por la  Comisión Nacional de Bienestar.

El siguiente protocolo ha sido revisado por la Directiva Nacional, según lo mandata los estatutos de SIDARTE (Artículo 38. inciso 2), junto con la Comisión Nacional de Bienestar Social con fecha del 22 de Agosto del año 2023, aplicable desde su aprobación. La utilización de este protocolo se encuentra enmarcada por el estatuto y artículo señalado anteriormente, y por lo tanto, constituye una herramienta institucional para administrar, estudiar, calificar y entregar los beneficios sociales que vendrían a satisfacer en parte alguna necesidad de las aquí señaladas.

 

PRINCIPIOS

Objetivo

El objetivo principal es buscar acciones y realizar gestiones que posibiliten el acceso a los diversos beneficios de carácter social, salud u otros para nuestros socios activos; definiendo como activo: “Socios con cuotas al día/ socios con participación activa en comisiones/ socios presentes en asambleas/ colaboradores de las actividades Sindicales/ socios impagos cuyas ultima cuota esté pagadas dentro de los últimos dos años en curso

  • La representación a la postulación a pensión de gracia Estatal, será a para aquellos socios honorarios activos en participación Sindical.
  • El directorio vigente podrá atribuirse el derecho de otorgar excepciones según la descripción anterior de “socio Activo”.

 

Funciones de comisión de Bienestar:

Contribuir y asistir a cada uno de sus afiliados en las distintas instancias que requieran de un apoyo, sean estos de índole social, económico y/ o de salud que le permita enfrentar en forma oportuna cada uno de los eventos no deseados, recibiendo el respaldo y cooperación del Sindicato a través de la Comisión Bienestar. Planificar y organizar actividades sociales, recreativas y de beneficencia, entre otras. 

Convenios: Gestionar un sistema de beneficios a través de convenios con organizaciones, instituciones y a fines para cubrir las necesidades de los socios activos.  La comisión presentara propuestas y serán ratificadas o modificadas por directorio nacional.

3. De los Derechos y Obligaciones

Tendrán derecho a recibir los beneficios todos los socios del Sindicato Activos, a excepción de quienes estén impedidos que, por sanciones disciplinarias, de acuerdo a como indica el Título XII artículo 50° de los estatutos del Sindicato.

El socio que deje de estar afiliado al Sindicato por cualquier causal dejará de percibir los beneficios que otorga el Sindicato. Ante cualquier caso deberá pagar la totalidad de las deudas contraídas por concepto de préstamos u otras obligaciones.

 4. De los Beneficios

SIDARTE asistirá en aquellas situaciones de vulnerabilidad que involucren directamente a un Socio o Socia Activa del Sindicato interempresa de actores, actrices, trabajadores y trabajadoras de las artes teatrales de Chile.

Todos los socios y socias Activas del Sindicato Interempresa de actores, actrices, trabajadores y trabajadoras de las artes teatrales de Chile tendrán derecho a los beneficios que se contemplen en el presente protocolo, previa evaluación del caso y estado de situación del solicitante según corresponda.

La comisión calificará cada caso, dando las prioridades que correspondan según la distribución de recursos que señala el estatuto. Se llevará un registro de los eventos a fin de administrar en la mejor forma los recursos asignados facilitando a su vez, la administración general del Sindicato en esta materia.

Hay 2 tipos de beneficios: ReEmbolsables y No reembolsables:

Beneficios Reembolsables

  1. Beneficios de asesoría legal: En caso de que un socio requiera asesoría legal u otra, será derivado a la comisión que corresponda. 
  2. Préstamos de contingencia: Se entiende por “Préstamos de contingencia”, aquella situación en que el socio deba atender compromisos económicos impostergables y en la cual el no-cumplimiento de aquellos, le signifique pérdidas irreparables de su patrimonio o pongan en riesgo su estabilidad laboral, familiar, u otras. Dicha situación deberá ser presentada a la comisión de bienestar para ser evaluada en conjunto con directorio nacional, quienes resolverán, guardando la discreción que el caso amerita.

Beneficios no reembolsables

Beneficios y convenios que beneficien a todos los socios y l socias activas, siendo el único impedimento lo que señala el  Título XII artículo 50° de los estatutos del Sindicato. 

Proceso Reembolsables

Elevar carta de solicitud e ingresarla al mail bienestar@sidarte.cl una vez recibida la información la comisión designara a uno de sus integrantes que estará a cargo de formalizar  su solicitud y atenderá su caso. Bienestar estudia la solicitud y entrega propuesta al directorio para resolver.

Apelación

En caso de disconformidad con la resolución por parte del/la socios/socias Podrá ingresar su apelación a secretaria@sidarte.cl